Este es el sitio oficial del Gobierno de Chile durante el período 2010-2014. Para ver el sitio actual, haz click aquí.
ChileAtiende Chile Avanza con todos Legado Bicentenario

Gobierno de Chile

English

Modificación a la Ley del Donante Universal

Modificación a la Ley del Donante Universal

El 14 de junio de 2013, el Presidente de la República presentó la modificación a la Ley del Donante Universal, la cual fue publicada el viernes 7 de junio recién pasado en el Diario Oficial y entrará en vigencia el 1 de octubre próximo.

A continuación te invitamos a revisar las preguntas más frecuentes asociadas a este anuncio.

1. ¿Quiénes son donantes?

Todos los mayores de 18 años son automáticamente donantes de órganos, y dado que la donación es anónima, los datos del donante, al igual que los del receptor, son absolutamente reservados.

Importante: Ya no se nos preguntará si queremos ser donantes al momento de sacar nuestro carnet de identidad o licencia de conducir.

2. ¿Qué tengo que hacer si no quiero ser donante?

A partir del 1º de octubre de 2013, se deberá declarar la voluntad de no ser donante ante un notario público. Este documento deberá ser presentado antes del momento en que se decida la extracción del órgano.

3. ¿Quiénes no pueden ser donantes?

Quienes hayan manifestado su voluntad de no ser donantes, quienes sean portadores de VIH, y quienes tengan infecciones graves no controladas o cáncer con metástasis.

4. ¿Qué pasa si hay dudas acerca de si el fallecido es donante?

Se deberá consultar en forma previa sobre la extracción de los órganos del fallecido, a familiares, como cónyuge, hijos mayores de edad, padres, representante legal, hermanos mayores de 18 años, nietos mayores de 18 años, abuelos, o parientes consanguíneos en segundo y cuarto grado.

5. ¿Quién puede ser receptor de un órgano?

Cualquier persona cuyo estado de salud lo requiera tiene derecho a ser receptora de órganos. En el caso de que varias personas se encuentren en igualdad de condiciones para recibir  un órgano, el hecho de ser donante y “no estar inscrito en el Registro de No Donantes” deberá tomarse en cuenta para priorizarlo respecto del que sí lo está. Es decir, se favorece al donante por sobre el no donante.

6. ¿Qué órganos se pueden donar?

Corazón, pulmón, hígado, páncreas, riñones, intestino. También se pueden donar tejidos como  córneas (paciente vuelven a ver); huesos (reconstrucción en tumores especialmente en  niños); y piel (manejo de grandes quemados).