Consejo de Estabilidad Financiera: un legado a la institucionalidad económica de Chile
La creación del Consejo de Estabilidad Financiera en octubre de 2011 constituye una innovación institucional de suma importancia para Chile. Por primera vez existe en nuestro país un órgano colectivo encargado de evaluar y administrar los riesgos sistémicos que puedan afectar a nuestro sistema financiero.
La crisis subprime puso de manifiesto los elevados grados de complejidad e interconexión del mercado financiero, que también se aprecian en Chile. Por ello, se estimó necesario crear una instancia institucional que permitiera a las autoridades del sector financiero interactuar y coordinar sus funciones y acciones para lograr una oportuna identificación y solución a potenciales fuentes de riesgo sistémico.
Luego de más de 2 años de funcionamiento, el Consejo de Estabilidad Financiera (“CEF”) ha probado ser una valiosa instancia de análisis y coordinación, que permite tener una mirada integrada y diagnóstico común sobre los riesgos al sistema financiero.
La experiencia acumulada también revela la necesidad de perfeccionar su funcionamiento para que el CEF pueda desempeñar su labor a cabalidad, respaldado por diversos organismos internacionales, como el FMI y la OCDE, que han manifestado la conveniencia y urgencia de fortalecer la institucionalidad del CEF.
Por ello, el gobierno envió al Congreso un proyecto de ley que le otorga rango legal al CEF -hasta ahora establecido mediante decreto administrativo-, como organismo consultivo encargado de facilitar la coordinación técnica y el intercambio de información para la prevención y el manejo de riesgos sistémicos, estableciendo con claridad sus objetivos y atribuciones y manteniendo sus participantes actuales. Todo ello, con el fin de darle continuidad institucional al CEF y de cautelar de mejor forma la estabilidad financiera de la economía chilena.
A nivel internacional, un número relevante de países han desarrollado instancias similares al CEF que funcionan como espacios de coordinación y análisis, facultados para formular recomendaciones, siempre con el objetivo de limitar la incubación de riesgos sistémicos (Australia, Indonesia y México).
En este marco, y tomando en consideración las particularidades del mercado chileno y de nuestro ordenamiento jurídico, el proyecto de ley que fortalece la institucionalidad del CEF opta por un modelo de instancia de coordinación, con competencias para formular recomendaciones, y establece claramente que las atribuciones que se le asignan al CEF son sin prejuicio de las competencias y carácter autónomo de sus participantes.
De esta forma, las obligaciones que el proyecto impone a las superintendencias son comprometer su participación en el CEF y grupos de trabajo, atender a las solicitudes de información o estudios que el CEF encomiende, e informarle sobre las iniciativas regulatorias o situaciones de su sector que puedan tener implicancias sistémicas. Estas obligaciones resultan del todo necesarias para procurar el mejor desempeño de la labor del CEF y resguardan la autonomía de las superintendencias en el ejercicio de sus facultades.
Este proyecto del CEF ya fue aprobado por muy amplias mayorías y con apoyo transversal en la Cámara de Diputados. Lamentamos que el proyecto no se haya discutido y completado su tramitación en el Senado, a pesar de haber contado con los tiempos para ello. Esperamos, entonces, que se convierta en ley a la brevedad durante el gobierno que comienza, porque se trata de una iniciativa que recoge las recomendaciones nacionales e internacionales, que cuenta con el apoyo de todos miembros del CEF y que significa un legado a la institucionalidad económica de Chile.
Columna publicada en Diario Financiero
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