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Subsidio habitacional para la clase media

Cumpliendo su compromiso de apoyo a la clase media de nuestro país, el Presidente de la República Sebastián Piñera presentó -junto al ministro de Vivienda y Urbanismo Rodrigo Pérez- un beneficio habitacional orientado precisamente a este segmento de nuestra población.

¿A quién está dirigido?

A personas con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.

¿En qué consiste el subsidio?

  • Subsidio para Sectores Emergentes:

Permite adquirir viviendas de entre 600 y 1.000 UF.

Monto del Subsidio: decreciente entre 500 a 300 UF; a menor precio de la vivienda mayor es el monto de subsidio. Ahorro mínimo 30 UF. Es requisito contar con Ficha de Protección Social, con un puntaje de hasta 13.484 puntos.

  • Subsidio para Sectores Medios

Permite adquirir viviendas de entre 1.000 y 2.000 UF. Monto del Subsidio: decreciente entre 300 a 100 UF, dependiendo del precio de la vivienda.

En caso que el subsidio habitacional se aplique a la adquisición de viviendas nuevas emplazadas en zonas de renovación urbana, definidas por el MINVU, el subsidio varía entre 300 y 200 UF, dependiendo del precio de la vivienda.

Si el subsidio habitacional se aplica a la adquisición de una vivienda que se origine de la rehabilitación de un inmueble ubicado en áreas patrimoniales, el subsidio será de 300 UF. Ahorro mínimo 50 UF.

No es requisito contar con Ficha de protección Social.

¿Qué requisitos se deben tener para postular?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con el ahorro mínimo, de acuerdo al título al que postula, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día del mes anterior al de la postulación.
  • Contar con el puntaje de Ficha de Protección Social (FPS) requerido:
    • Subsidios para Grupos Emergentes (Título I) : Llamados 2011, máximo 13.484 puntos.
    • Subsidios para Sectores Medios (Título II): La FPS no es obligatoria, pero otorga puntaje si cuenta con menos de 13.484 puntos.
  • Que el postulante, su cónyuge, conviviente o algún integrante del grupo familiar declarado al postular no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Sea propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria o de un sitio con destino habitacional. En este último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio.
    • Sea beneficiario de un subsidio habitacional o posea un certificado de subsidio habitacional vigente.
    • Esté postulando a cualquier otro programa habitacional.
    • Haya sido declarado como integrante del grupo familiar de postulantes del mismo o de futuros llamados, en caso que el postulante resulte beneficiado.

¿Cómo se postula?

  • Los interesados pueden postular individualmente, directamente en el Serviu y sus delegaciones, en municipalidades acreditadas por el Serviu, en las fechas que el Minvu indique. Ver fechas de postulación. Los postulantes pueden otorgar un mandato a su cónyuge, padres, hermanos o hijos para que efectúen la postulación a su nombre.Este trámite es totalmente gratuito.
  • Si la postulación es grupal, las alternativas son las siguientes:
    • Sin proyecto: El grupo debe contar con un mínimo de diez integrantes, tener personalidad jurídica propia y su representante debe ser socio postulante de dicho grupo.
    • Con proyecto: El grupo debe postular a través de una Entidad Patrocinante, con un proyecto aprobado por el Serviu antes del inicio del período de postulación. Como mínimo, el grupo debe contar con diez integrantes.

*En caso de postulación para construcción en sitio propio o en densificación predial, el grupo puede tener un mínimo de dos integrantes.

Para postular se debe presentar la siguiente documentación:

Postulantes chilenos:

  • Cédula Nacional de Identidad vigente.

Postulantes extranjeros:

  • Cédula de Identidad para Extranjeros.
  • Certificado de Permanencia Definitiva (antigüedad mínima de cinco años).

Para acreditar a los miembros del grupo familiar mayores de 18 años:

  • Fotocopia de Cédula de Identidad de cada miembro.
  • Suscribir Declaración de Núcleo Familiar, que señala la prohibición de postular por tres años.

Para acreditar el ahorro:

  • Entidad financiera con consulta en línea (BancoEstado, Scotiabank y Coopeuch):
    • Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación en que conste el número y tipo de cuenta.
    • Mandato de ahorro.
  • Entidad financiera sin consulta en línea:
    • Certificado de mantención de cuenta.

Certificado de Preaprobación de crédito o de Precalificación como sujeto de crédito hipotecario:

  • Otorgado por una entidad crediticia, por otra que ésta mandate o por Servicios de Bienestar que otorguen créditos con fines habitacionales.
  • Debe señalar el monto máximo de crédito y/o rango de precio de vivienda a comprar o construir.
  • Fecha de emisión con antigüedad no superior a 60 días (respecto al inicio del período de postulación).
  • No se aceptarán simulaciones de crédito.

En caso de no requerir crédito hipotecario:

  • Declaración jurada.
  • Fotocopias de documentos que acrediten contar con financiamiento.

Para acreditar discapacidad del postulante o de otro miembro del grupo familiar:

  • Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad (credencial).

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